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Beneficios de la Ley PyME

ALIVIO FISCAL

Si tenés una micro o pequeña empresa, podés pagar el IVA a 90 días.

Desde el 1 de enero de 2017, no tenés que pagar más el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.

Podés descontar el impuesto al cheque de lo que pagás de Ganancias: hasta un 100% para micro y pequeñas empresas y 50% para PyMEs medianas industriales tramo 1.

FOMENTO DE INVERSIONES

Podés descontar del Impuesto a las Ganancias hasta el 10% de lo que inviertas en maquinaria o infraestructura, desde el 1 de julio de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2018. También podés acceder a un bono de crédito fiscal para cancelar impuestos nacionales y aduaneros. Para acceder a estos beneficios tenés que adherirte al servicio de Trámites a Distancia.

Descargá el formulario con el que vas a poder generar el texto necesario para presentar en la AFIP.

Accedé al instructivo para Registrarte como PyME en AFIP. Una vez que te registraste como PyME, descargá el instructivo para aplicar al Régimen de Fomento a las Inversiones Productivas. Más información: consultá las preguntas frecuentes.

MENOS RETENCIONES

Para que tengas mayor alivio financiero, elevamos los umbrales de retención de IVA (135%), Ganancias (400%) y Seguridad Social.

Si necesitás un certificado de no retención de IVA para tu micro empresa, ahora los trámites son más flexibles.

MAS CRÉDITO

Tenés más acceso a financiamiento porque ampliamos el cupo prestable de la Línea de Créditos de Inversión Productiva del 14 al 15.5%. El incremento implicó $63.000 millones en el segundo semestre de 2016 y, a su vez, amplió al 50% el acceso al financiamiento de corto plazo. Accedé a un crédito a una tasa variable del 16% como máximo y con un plazo de hasta 7 años para montos entre $500 mil y $5 millones. Podés hacerlo a través de la línea Primer Crédito PyME del Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE).

Mejoras para exportadores

Para que ingreses divisas, extendimos el plazo de 365 días a 5 años.